Causa
militar contra Miguel Hidalgo y Costilla, 1811
En la tarde
del mismo día el Juez Comisionado continuando la declaración
que quedo pendiente y teniendo presente al declarante bajo el
juramento ya prestado lo verificó, y en tal virtud.
4ª.
Preguntado: Cómo fue un sujeto de las luces y conocimientos
que se le conceden generalmente, y que se mostraba indiferente
y sin empeño por la independencia, se decidió
a éste partido por la carta última que dice haberle
escrito Allende, indicándole en términos generales
que las cosas habían variado mucho sin detenerse a examinarlas,
ni saber los sujetos, relaciones, conexiones y medios con que
se podía contar para llevarla adelante la empresa, y
como después de principiada no había de haber
procurado por si, y por sus agentes los arbitrios de sostenerla
por medio de ganar sujetos y de facilitarse tales relaciones
y conexiones. [f. 5] Dijo: que antes de dar el grito no pasó
más de lo que tiene declarado, y que su inclinación
a la independencia fue la que lo obligó de decidirse
con tanta ligereza o llámese frenesí: que la precipitación
del suceso de Querétaro, no les dio lugar a tomar las
medidas que pudieran convenir a su intento, y que después
ya no los consideraron necesarios, mediante las facilidad con
que los pueblos los seguían, y así no tuvieron,
más que enviar comisionados por todas partes, los cuales
hacían prosélitos a millares por donde quiera
que iban, y responde.
5ª.
Preguntado si sabe o tiene noticia que el tal motor o motores
de ella han tomado por pretexto a sus intentos, trataban de
entregar el reyno los europeos a una potencia extranjera, y
si para seducir a los incautos y plebe ignorante, se les han
dado a saco sus bienes en parte, y parte reservándosela
para si mismos o para otros fines, diga para qué fines,
y en dónde vio, o vieron las constancias de aquel supuesto
trato o entrega. Dijo: que no se acuerda haberlo tomado por
pretexto, aunque sí haberlo oírlo decir, y que
lo dejó correr por que no dejaba de contribuir al logro
de ellos, pero que no ha visto constancia auténtica
de semejante trato, que es cierto que a la plebe se le dieron
a saco muchos bienes de europeos, y otra parte se reservaba
para mantener las tropas, y responde.
6ª.
Preguntado: si sabe o tiene noticia como parece, por lo que
lleva declarado, que el mismo o los mismos motores a fin de
llevar adelante la insurrección, han levantado ejércitos:
[f. 5v] atacado, o hecho frente con ellos a los del Rey: acuñado
moneda: fabricado cañones, armas y municiones: nombrado
generales, oficiales y toda suerte de empleados militares: apoderádose
de los caudales del Rey y de los de las iglesias, de los de
los europeos, y también de los de los criollos, ya por
que no abrazaban su partido; ya por que les hacían al
caso: depuesto, perseguido y muerto, las autoridades establecidas
y legitimas: sustituido otras [a su] albedrío: dado y
quitado empleos en todos ramos, despachado por todas partes
emisarios a seducir los pueblos, y otros a solicitar auxilios
de potencia o potencias extranjeras, diga cuanto sepa y tenga
entendido en orden a lo que se le pregunta. Dijo: que el declarante
los ha levantado: atacado y hecho frente con ellos a los del
Rey: que ha fabricado moneda en Zacatecas, y se debía
haber practicado en Guanajuato si se hubiese concluido el ingenio
proyectado: que también fabricó cañones,
armas y municiones y lo mismo nombró generales y otros
oficiales, cuya prerrogativa no era exclusiva del declarante,
pues también el Capitán General, y los demás
generales se hallaban distantes del centro del gobierno, y el
cuerpo de la oficialidad, hacía y promovía lo
que se les antojaba: que también ha tomado de las Cajas
Reales los caudales que se hallaron, y varias cantidades de
las Iglesias Catedrales, de Valladolid y Guadalajara, y los
de los europeos como tiene declarado, y de los criollos se [f.
6] tomaban caballos, y lo que les hacía al caso con calidad
de reintegro: que han depuesto las autoridades establecidas
si eran europeos, o criollos que no seguían su partido:
que han perseguido a muchos de ellos, y muerto solo cuenta al
Intendente de Guanajuato Don Antonio Reaño [Riaño]:
que por la misma regla han dado y quitado empleos de todas clases:
que en cuanto a emisarios ya tiene declarado en la posición
cuarta; y en cuanto a los enviados a potencias extranjeras el
que declara en unión de Allende despacharon a un Don
N. Letona natural de Guatemala a los Estados Unidos a solicitar
su alianza y armas, con poderes amplios y expresos de ofrecerles
el libre comercio, y no tiene presente que otra cosa se les
ofrecía, lo cual pasó por el mes de diciembre
próximo pasado, e ignora si este encargado llegó
a su destino, aunque ha oído decir que fue muerto en
el camino: que también ha oído decir a Allende
después, que él por si solo había despachado
al licenciado Don Ignacio Aldama con igual objeto, sin contar
con el que declara, y es cuanto puede decir sobre los particulares
de que es interrogado, y responde.
7ª.
Preguntado: Si supo o tuvo noticia de un Edicto del Santo Tribunal
de la Fe, emplazando al declarante a comparecer en el término
de treinta días como cabeza de la expresada insurrección
y responder a los cargos de herejía, que le [f. 6v] resultaba
por causa pendiente en dicho Tribunal, excomulgándole
y a todos sus secuaces en caso de no comparecer, y si también
supo o tuvo noticia, de las excomuniones que contra él
mismo y sus partidarios fulminaron los Prelados de todas las
iglesias de Nueva España, y en vez de obedecer tan respetables
preceptos, los ha despreciado y hecho que los insurgentes los
despreciasen por cuantos medios estuvieran en su mano, y particularmente
imprimiendo y publicando escritos al intento en la ciudad de
Guadalajara. Dijo: que sí supo de tal edicto, por una
carta que desde Querétaro escribían a un soldado
del ejército, en que se referían los artículos
de que se le acusaba, pero no ha leído el edicto, ni
trató de hacerlo mediante que no pensaba comparecer temeroso
de ser castigado, no por los delitos de herejía de que
se le acusaba, si no por el partido en que estaba empeñado,
así como también para sostenerse con éste,
se consideró en la necesidad de impugnarlo y si en la
ejecución ha faltado en algo al decoro y respetos debidos
al Santo Tribunal, todo fue efecto de las críticas circunstancias
en que se hallaba, lo cual le ha causado, entonces y después
no pocas angustias en lo íntimo de su corazón,
y de que se halla arrepentido vivamente, como lo declara aquí
en obsequio de la verdad, y de la religión santa que
profesa: que de las excomuniones de los Prelados, sólo
tuvo [f. 7] noticia de la de su Diocesano en el camino de Guanajuato
a Valladolid, lo que no le detuvo por el mismo empeño
en que ya se hallaba, y cuando llegó a dicha ciudad,
ya el Cabildo había levantado la expresada excomunión,
ignorando el motivo de este alzamiento, aunque siempre consideró
sería con el prudente de evitar mayores males espirituales,
y responde.
8ª.
Preguntado: Si supo y tuvo noticia, y la tuvieron sus compañeros
de los indultos publicados por el Excelentísimo Señor
Virrey de este Reyno, y particularmente el publicado en principios
de enero próximo pasado a favor de toda la masa de insurgentes
que depusiesen las armas, y se retirasen pacíficamente
a sus casas, quedando el que declara y el nombrado Don Ignacio
Allende, a disposición del Gobierno Soberano Nacional,
y si en vez de acogerse a él, no sólo no lo ha
hecho, sino que lo ha ocultado a sus secuaces, y dado al Excelentísimo
Señor Virrey, una contestación conforme en todo
a los principios adoptados por su partido. Dijo: que por lo
que a él toca no tuvo más noticia que del último
a que se refiere la pregunta, y esto por la casualidad de haber
ido el que declara a casa del llamado General Ximénez
en ocasión que éste estaba tratando con Allende
sobre el mismo indulto, el cual había dirigido a Allende
el comisionado Blancas, quien lo había recibido por dirección
del señor Rebollo de Querétaro para que lo remitiese
al que declara y a Allende, con cuyo motivo se lo mani [f. 7v]
festó éste, y acordaron, no acogerse a él
por la restricción con que venía respecto de ellos,
y éste haber sido el motivo por que Allende no lo hizo
saber a su ejército, sin culpa alguna del declarante
porque ya no tenía autoridad ni caracter: que el que
declara ha puesto un borrador para la contestación que
debía darse al Excelentísimo Señor Virrey,
el cual o no pareció bien a Allende o habrá formado
otro, pues sabe que efectivamente contestó a Su Excelencia,
no sabe si por sí solo, o en unión de Ximénez
y otros, pues al fin al que declara no se le pidió su
firma para ninguno, y responde.
9ª.
Preguntado: si por ventura el borrador de que habla es el que
se le manifiesta, y se registra a fojas 1ª del cuaderno
a que se refiere el oficio de comisión del Señor
Comandante General, que obra por cabeza de estas actuaciones,
y en caso de ser el mismo que lo señala con su media
firma al margen para la debida constancia: Dijo: que el borrador
que se le manifiesta es el mismo que dictó para la expresada
contestación, y lo señala como se dice para la
debida constancia, y responde.
10.
Preguntado: Si el mismo que declara ha escrito, o se han
escrito de su orden, aprobación o consentimiento, publicado y
circulado proclamas impresas o manuscritas, u otros papeles
sediciosos [f. 8] y particularmente una proclama manuscrita
a fojas 2 y otra impresa a fojas 22 del referido cuaderno, y
el periódico titulado Despertador Americano: (la Proclama
manus) que se publicaba en Guadalajara, y quién o quiénes
fueron los autores de tales escritos incendiarios, si no lo
fue el declarante, y que señale las que se le manifiestan
si las reconociere por suyas o escritas de su orden, como el
papel de la posición antecedente. Dijo: que sabe que
se han escrito, publicado y circulado muchos papeles de la clase
que inquiere la pregunta, cuyos autores ignora, porque ellos
de propio movimiento los escribían, de los cuales ha
visto algunos, entre ellos uno que supo ser del Padre Saavedra,
Dominico del convento de Zacatecas: que el que declara sólo
ha escrito, el manifiesto en respuesta de Edicto del Santo Tribunal
de la Fe, y otro cuyo objeto es probar que el americano debe
gobernarse por americano, así como el alemán por
el alemán, etcétera, y de su orden la impresa
que se le manifiesta y señala en la forma que la antecedente
para la debida constancia: que también se publicaba de
su orden en Guadalajara por el Doctor Maldonado El Despertador,
y que no es suya la manuscrita que se le manifiesta, y responde.
En este estado y por [f. 8v] ser ya muy tarde El Señor
Juez Comisionado Don Ángel Abella, mandó suspender
esta declaración para continuarla en día de mañana,
la cual leída que le fue al declarante dijo ser la misma
que lleva hecha y su contenido la verdad, so cargo del juramento
que lleva prestado, en que se afirmó y ratificó
y firmó igual que los documentos que se citan, con dicho
Señor Comisionado y conmigo el presente escribano de
que doy fe.
Ángel
Abella. Miguel
Hidalgo.
Ante
mí
Francisco
Salcedo.
En
la mañana de este día ocho el Señor Juez
Comisionado continuando la declaración que quedó
pendiente, y teniendo presente al declarante, bajo el juramento
que ya ha prestado lo verificó, y en tal virtud.
11
. Preguntado: Si él mismo antes o durante la insurrección
ha predicado en los púlpitos o ejercitado el confesionario,
abusando de la santidad de ambos ministerios, para adelantar
y mantener su partido por la seducción de las conciencias,
o si sabe que así lo hayan practicado los malos sacerdotes
que se declararon a su favor, y lo ha tolerado, y finalmente,
si él mismo ha aconsejado, inducido, violentado, o pretendido
violentar a los buenos [f. 9] a que así lo practicasen,
o impedídoles predicar y cualesquiera otras funciones
de su ministerio contra el partido de la insurrección,
y diga lo que sobre el particular le haya acontecido en Guadalajara,
Guanajuato, Zacatecas y otros pueblos, y cuanto tenga relación
con lo que la pregunta inquiere. Dijo: que por sí, ni
antes, ni en el curso de la insurrección ha predicado
ni ejercitado el confesionario con abuso de la santidad de sus
ministerios, y por lo que hace al tiempo de la insurrección
ni para bien ni para mal ha ejercitado ni el uno ni el otro,
ni tampoco ha celebrado el Santo Sacrificio de la Misa, por
considerarse inhábil para el ejercicio de toda función
eclesiástica, y en el modo que ha podido ha procurado
respetar los sentimientos religiosos que obligaban su interior:
que no sabe si otros sacerdotes han abusado del confesionario
para los fines de la pregunta; pero sí que han predicado
algunos, como el Doctor Maldonado en Guadalajara, y el religioso
fray Gregorio Conde en Guanajuato, lo que les ha tolerado, desentendiéndose
de ello por su propia conveniencia, y consecuencia del empeño
en que estaba metido: que tampoco ha aconsejado e inducido a
los buenos ni a los malos a predicar ni confesar con abuso de
su ministerio aunque por consecuencia de su compromiso [f. 9v]
ha reprendido al Padre Corona en Guadalajara, y ha llegado a
arrestarle por que predicó contra la insurrección,
y por que no repicó cuando la toma de San Blas, no habiendo
tomado providencia más rigurosa contra dicho padre sin
embargo de las fuertes altercaciones que sostuvo con el declarante,
por que su misma firmeza le impuso al mismo tiempo que le complacía
en su interior; de suerte que el declarante nunca exigió
de los predicadores autos positivos a favor de la insurrección,
y se contentaba con que no predicasen contra ella, y nada ha
exigido de los eclesiásticos con respecto al confesionario:
que en Zacatecas pidió un padre al Reverendo Guardián
de Guadalupe por que pensando en dirigirse a las Provincias
Internas del Oriente, parecía conveniente llevar en el
ejército un religioso de dicho convento, aunque no fuese
sino como de prespectiva, para aparentar con aquellos pueblos
una tácita aprobación de su partido, y habiéndoselo
negado el expresado Reverendo Padre Guardián con recado
que le envió con el Padre Escalera del mismo convento,
no trató de hacerle violencia, y únicamente le
hizo contestar por el padre mensajero, que sentía su
negativa, y que debía saber, que en su mano estaba llevar
uno o más padres los que quisiese; y en efecto, salieron
de aquella ciudad sin padre alguno Guadalu [f. 10] pano, y es
de advertir que aunque como ya tiene declarado desde la Hacienda
de Pabellón no tenía autoridad ni mando alguno,
todavía no se había hecho público su despojo,
y solo andaba en susurro entre las gentes, toda la facción
contraria lo hacía parecer principal cabeza, y tenerlo
por parapeto hasta la ocasión, y por eso fue que indicando
el declarante por propio interés a Allende lo conveniente
que le sería llevar un padre guadalupano, aquel le dijo,
o más bien le mandó que se lo pidiese al Reverendo
Padre Guardián: que es cuanto puede decir, y responde.
12.
Preguntado: Como Generalísimo nombrado y Jefe en todos
ramos como tiene declarado, qué armas, o escudos ha señalado
a las banderas y estandartes de sus llamadas tropas, y si ha
mudado los que tenían los regimientos que se hicieron
a su partido, si en efecto ha asignado a unos y otros por armas
la imagen de Nuestra Señora de Guadalupe, y a Fernando
Séptimo, y qué fines se ha propuesto en hacerlo
así; si fue por seducir mejor a los pueblos, especialmente
a los indios por el conocimiento que tenía de su devoción
a esta Santa Imagen y de estar hasta entonces imbuidos en los
principios de una justa adhesión a su legítimo
soberano. Dijo: Que realmente no hubo orden ninguna asignando
armas algunas: que no hubo más que habiendo salido el
[f. 10v] declarante el diez y seis de septiembre referido con
dirección a San Miguel el Grande, al paso por Atotonilco
tomó una imagen de Guadalupe en un lienzo que puso en
manos de uno para que la llevase delante de la gente que le
acompañaba, y de ahí vino que los regimientos
pasados y los que se fueron después formando tumultuariamente,
igualmente que los pelotones de la plebe que se le reunió,
fueron tomando la misma imagen de Guadalupe por armas, a que
al principio agregaban generalmente la del Señor Don
Fernando Séptimo, y algunos también la Águila
de México; pero hacia estos últimos tiempo ha
notado, que se hacía menos uso de la imagen de Fernando
Séptimo que a los principios particularmente en la gente
que mandaba el llamado General Iriarte, cuyo motivo ignora pues
ni él ni Allende dieron orden ninguna sobre este punto,
ni tampoco realmente se puede hacer alto sobre él, pues
al fin cuanto se hacía era albitrario; y que la ocurrencia
que tuvo de tomar en Atotonilco la imagen de Guadalupe, la aprovechó
por parecerle a propósito, para atraerse las gentes;
pero debe también advertir, que la expresada imagen de
Guadalupe que al principio todos traían en los sombreros,
al fin eran pocos los [f. 11] que la usaban, sin saber decir
cuál fuese la causa, y responde.
13.
Preguntado: Si no conoce que fue a hacer un abuso sacrílego
en tomar la Santísima Virgen con el designio que deja
declarado, y el de autorizar con su santo nombre el atentado
que lo dirigía y llevaba a San Miguel el Grande, de poner
en insurrección aquella villa; prender por el pronto
a los europeos de ella, y finalmente, los robos, muertes y escándalos,
que necesariamente debían seguirse de su empresa. Dijo:
que por entonces no previó el abuso que podía
hacerse y se hizo después del santo nombre de la Virgen,
por que ocupada su fantasía de los arbitrios y medios
que tomaría para sorprender a San Miguel el Grande, no
le quedaba lugar de pensar sobre las consecuencias futuras y
por eso adoptó aquel medio y responde.
14.
Preguntado: Si no obstante lo que tiene declarado en su tercera
posición, si él mismo, o Allende, o alguno otro
de sus confidentes fue sugerido directa o indirectamente por
Bonaparte, o alguno de sus emisarios para promover esta insurrección
pues a más de ser esta la opinión común,
el empeño de dicho Bonaparte, y anunciarse en sus gacetas
de mes de septiembre próximo pasado una revolución
muy próxima en la América sobre principios idénticos
a los que de hecho el de [f. 11v] clarante y consortes, publicaron
a la sazón en los pueblos de Dolores, San Miguel el Grande
, y demás, hace muy probable el común sentir,
diga si ha conocido y tratado al General francés Dalbimár,
qué conversaciones ha tenido con él, a su tránsito
por Dolores y si sabe, o sospecha que haya seducido a alguno,
y cuanto sepa en razón de la pregunta. Dijo: que de sí
mismo sabe y asegura que no ha sido sugerido por Bonaparte,
ni emisario suyo, sin que haya en el caso más que lo
que tiene declarado en la citada posición: que habló
al General francés Dalbimár [sic] al paso por
Dolores desde el anochecer hasta como hora y media, en unión
de otros varios vecinos criollos y europeos, vecinos honrados
del pueblo, en cuyo tiempo se habló del Emperador Bonaparte,
del General Moreau, y noticias generales de esta clase, con
que el declarante se despidió y no volvió a verlo
más, ni tener noticia de su paradero: que tampoco sabe
que Allende haya sido sugerido ni otro alguno por Dalbimár
o emisarios cualesquiera de Bonaparte, bajo cuyo supuesto ignora
el fundamento de las gacetas francesas, para el anuncio referido,
aunque confiesa que éste da bastante [f. 12] probabilidad
al común sentir, a no ser que hubiese algunos otros
confabulados con Bonaparte y sus emisarios y es cuanto tiene
que decir acerca de la pregunta, y responde.
15.
Preguntado: Si es cierto como ha sido voz común que la
insurrección verificada el día diez y seis de
septiembre, estaba resuelta para el veinte y nueve, día
de San Miguel en la villa de San Miguel el Grande, y si en esto
el declarante llevaba el objeto de dar cierto aire de prodigio
a dicha insurrección reuniendo las circunstancias de
su propio nombre, el del Santo de día, y el del lugar
de su plantificación, a la manera que se valió
de la imagen de la Virgen Santísima de Guadalupe para
atraerse los pueblos. Dijo: que no es cierto que se hallan tenido
semejantes consideraciones, con respecto a ninguna de dichas
circunstancias: que sí se trató de que se verificase
el día veinte y seis en la ciudad de Querétaro,
y en San Miguel el Grande; pero habiendo parecido corto el tiempo
para prevenirse de algunas armas, se difirió para el
día dos de octubre lo que no tuvo efecto por la sorpresa
de los confidentes de Querétaro, como tiene declarado
en la posición tercera, y responde.
16.
Preguntado: Si sabe y tiene noticia de [f. 12v] los asesinatos
que son notorios de Guanajuato, Guadalajara, Valladolid,
Charcas, Real de Catorce, Matehuala y otros pueblos cometidos
en las personas de muchos europeos y criollos, sin forma
alguna de proceso ni aun concederles el último consuelo de confesarse,
si el mismo, o sus secuaces de orden suya, verbal o por escrito,
o con su conocimiento y conivencia los han o se han ejecutado,
y quién o quiénes fueron los ejecutores de estos
horrorosos crímenes. Dijo: que sabe y tiene noticia de
los referidos asesinatos: que no ha tenido parte en los de Guanajuato,
por que al tiempo de la reconquista de esta ciudad por el señor
Calleja, se hallaba el declarante en Guadalajara; pero que sí
la tuvo en los de Valladolid, que fueron ejecutados de su orden
y sería como sesenta los que perecieron, que por la misma
razón la tuvo en los de Guadalajara que ascenderían
como a trescientos cincuenta, entre ellos un lego carmelita,
y un dieguino si mal no se acuerda, que no sabe si era lego
o sacerdote, y que no tuvo parte en los que se ejecutaron después,
ni de orden de quién se ejecutaron, aunque supone habrá
sido de la de Allende, como quien tenía ya [f. 13] todo
el mando: que es cierto que a ninguno de los que se mataron
de su orden se le formó proceso ni había sobre
qué; pero sí se les dio confesores cuyos nombres
ignora, y sabrán los que asistían a estas ejecuciones,
las cuales se ejecutaban en el campo a horas desusadas y lugares
solitarios, para no poner a la vista de los pueblos un espectáculo
tan horroroso, y capaz de conmoverlos, pues únicamente
deseaban estas escenas los indios y la ínfima canalla:
que en Valladolid conducía las victimas al lugar del
suplicio un Manuel Muñiz, natural de Tacámbaro
con grado de capitán, y los ejecutores indios: que el
mismo graduado ya de coronel, condujo porción de los
de Guadalajara, como también un Bargas coronel natural
de Cotija: otros un Cajiga capitán de Pénjamo
o de San Francisco Angamacutiro y los últimos Agustín
Marroquin Capitán, y un Coronel Alatorre de hacia Aguas
Calientes, y de éstos también fueron ejecutores
los indios de las inmediaciones de la misma ciudad que los asesinatos
de Guanajuato tienen entendido fueron dispuestos y ejecutados
por aquella plebe, y que a más de la razón que
[f. 13v] deja indicada para creer que Allende mandó los
de Matehuala y demás, es haber oído que un tal
Loya que le servía, los condujo al suplicio, o los mató
por su mano aunque ignora lo cierto de estos extremos, y responde.
En
este estado y por ser ya muy tarde, el señor Juez Comisionado
Don Ángel Abella mandó suspender esta declaración,
para continuarla en la tarde de este mismo día, la cual
leída que le fue al declarante dijo ser la misma que
lleva hecha, y su contenido la verdad so cargo del juramento
que lleva prestado, en que se afirmó y ratificó
y firmó con dicho señor comisionado y conmigo
el presente escribano de que doy fe.
Ángel
Abella. Miguel
Hidalgo.
Ante
mí
Francisco
Salcido.
En
la tarde del mismo día ocho, el Señor Juez comisionado
continuando la declaración que quedó pendiente,
y teniendo presente al declarante bajo el juramento ya prestado,
lo verificó, y en tal virtud.
17.
Preguntado: Qué motivos tuvo para un proceder tan inhumano
con unos hombres que confiesa inocentes, y a quienes había
despojado de su libertad y de [f. 14] sus bienes, arrancándolos
del seno de sus familias y reduciéndolos a un estado
de no poderles ser dañosos. Dijo: que no tuvo más
motivo que el de una condescendencia criminal con los deseos
del éxito , compuesto de los indios, y de la canalla
como tiene dicho en la pregunta antecedente, y responde.
18.
Preguntado: Cómo pues este ejército compuesto
de indios y de canalla, gente que no guarda consideración
con los de mayor esfera cuando se reconoce superior, se contentaba
con que tales asesinatos se ejecutasen a horas desusadas y parajes
solitarios, contra lo que se ha visto siempre por experiencia
en todos los desórdenes públicos, que el complacerse
no solo en ver, sino en ejecutar por sus propias manos semejantes
atrocidades. Dijo: que reconoce bien el fundamento de la réplica;
pero que realmente la cosa pasó como lleva declarado,
y responde.
19.
Preguntado: Si además de haberlos asesinado en la forma
dicha, ha publicado o consentido publicar contra ellos, y contra
todos los que le prestasen cualquier genero de favor y ayuda
o auxilio aunque fuese nacido de sola compasión, bandos
inhumanos, y opuestos a toda Ley Divina y humana, y reconozca
si es autor del que se le manifiesta, y se haya a continuación
de una proclama que tiene declarado [f. 14v] ser suya, y empieza
a fojas 19 vuelta: del cuaderno citado en otras preguntas anteriores.
Dijo : que ningún bando de la naturaleza que se pregunta,
ha publicado ni consentido publicar, y niega ser suyo el que
se le manifiesta, ni sabe de quién es ni hasta ahora
que se le manifiesta lo había visto, y responde.
20.
Preguntado: que si entre los asesinados había algunos
indultados una o más veces por el mismo y por sus subalternos,
y porqué no ha respetado y hecho respetar estos indultos,
o tales indultos fueron un refinamiento de la más inicua
política. Dijo: que algunos había indultados o
por mejor decir que lo habían sido, y se les habían
recogido los indultos, sobre denuncias al parecer fundados,
de abuso, aunque nunca se les hizo proceso en razón de
ellos, y como quiera que el que declara no trata de justificarse
en razón de esto, pues ya tiene confesado que procedió
criminalmente, en la muerte que se les dio; por lo demás
en los indultos que concedió el declarante, no ha llevado
ningún fin torcido de política, y responde.
21.
Preguntado: Con qué derecho se creyó el mismo
y sus secuaces para la usurpación de los europeos asesinados,
y no asesinados, reduciendo a la miseria a sus mujeres, hijos
[f. 15] y dependientes naturales del país, viniendo a
resultar el principal daño y perjuicio inmediato contra
los mismos criollos y que por él mismo y sus secuaces
sí pensaban obrar en consecuencia, no se despojaron también
de los bienes que muchos de ellos deben haber heredado de sus
padres y antepasados, no adquiridos seguramente con derecho.
Dijo: que bien conoce que tal usurpación era no solo
injusta, sino perjudicial y contraria inmediatamente a los intereses
de los mismos criollos; pero la necesidad que tenían
de gente para su empresa, y la de interesar en ella a la plebe,
no les permitía escrupulizar sobre los medios de llevarla
adelante, y también reconoce la inconsecuencia de su
obrar; pero no es lo mismo cortar de lo ajeno que de lo propio,
y por eso no hubo ninguno de los comprendidos en la insurrección
que pensase en hacer el sacrificio de lo que muchos han heredado,
y responde:
22
: Preguntado que ha hecho él mismo, o han hecho sus secuaces
de tantos caudales así metálicos como en efectos
y a todas clases tanto del Rey como de los partidarios, y los
que tomaron de las iglesias, y si además de los que aprendieron
en Baxán, sabe que han quedado otros en el interior del
reyno escondidos o depositados en poder de confidentes en dónde
y en poder de quiénes. Dijo: que aunque es cierto que
la masa de la insurre [f. 15v] cción, se ha apoderado
y dilapado [¿dilapidado?] muchos caudales de toda clases,
no es grande la cantidad que ha entrado en el fondo de ella,
pues por lo que toca al declarante apenas habrá entrado
un millón, del que se quedaron cerca de trescientos mil
pesos en Aculco: doscientos mil que entregó a Allende
en Zacatecas, y lo demás lo gastó con las tropas,
pues no siempre hubo gran número de gente a quién
pagar, ya por las dispersiones que han sufrido, ya por que cuando
pudieron hacer pié en algún punto se despachaba
toda la gente de las inmediaciones a sus casas hasta que urgía
llamarlos, ya por que muchas veces las pagaban en efectos, y
por esto bastó para las pagas el corto resto que queda
de la expresada cantidad, ignorando lo que habrán cogido
y gastado los cabezas que se hallaban distantes, mandando cuerpos
de esta gente, por que al declarante nunca se le daba cuenta
a consecuencia del desorden que reinaba en todo: que tampoco
sabe si algunos individuos habrán dejado cantidades escondidas
o depositadas, pues es natural que si en efecto las dejaron
tendrían buen cuidado de no revelarlo a nadie, y responde.
23.
Preguntado: Si entre los caudales que ha tomado de las iglesias
[f. 16] había alhajas o vasos sagrados de ellas. Dijo:
que ninguna alhaja ni vaso sagrado de las iglesias ha tomado
él mismo, ni sabe que lo haya tomado alguno otro de los
cabezas de la insurrección, y responde.
24.
Preguntado: Con qué derecho y con qué autoridad,
se tomaba el que declara los caudales de las iglesias, y en
qué término lo hacía, así en cuanto
a el modo de tomarlos como al de satisfacerlos . Dijo: que no
se consideraba con más derecho ni autoridad que el mismo
con que tomaban los demás de los particulares, y es el
que tiene declarado a la pregunta 23, y que cuánto al
modo, no se hacía más que pasar a los cabildos
un oficio, y no se acuerda si en Valladolid fue recado verbal,
para que manifestasen los caudales que tenían, y que
de los bienes de la Nación se les satisfarían,
y así se tomaron sin más formalidad: de la Iglesia
de Valladolid una cantidad que no se acuerda; pero la tendrá
presente Don Juan Aldama que fue el comisionado, y de la de
Guadalajara como cincuenta y seis mil pesos de que fue comisionado
un Abendaño de Zamora, que fue nombrado oidor de aquella
Audiencia por el que declara, y del juzgado de testamentos se
tomaron también por el mismo estilo como setenta mil
pesos, y responde.
25.
Preguntado: Si creía de buena fe, que estas deudas y
otras que sería necesario contraer podrían satisfacer
jamás, cuando no podía dejar [f. 16v] de conocer
que el reyno iba a quedar desolado, aun cuando diera el caso
de realizarse su empresa en todas sus partes. Dijo: que entonces
lo creía de buena fe, aunque nunca se detuvo a calcular
el estado de vigor y fuerza en que quedaría el reyno
en ningún caso, bien que siempre lo hubieran tomado
por las razones que tiene indicado en otras preguntas, y responde.
26.
Preguntado: Cómo es creíble a pesar de lo que
tiene declarado de la ligereza y a un frenesí con que
se entregó al partido de la insurrección por las
simples sugestiones de Allende, que no haya procurado indagar,
y saber de éste los apoyos que contaba para el logró
de su empresa en México, Guadalajara y otros pueblos
principales del reyno, ni que el mismo Allende le haya manifestado
sus relaciones y confidencias aunque no fuese sino para moverle
viéndolo remiso, y aunque positivamente se le había
negado de resultas del poco concepto que le habían merecido
los confidentes de Querétaro. Dijo: Que no hay más
que lo que tiene dicho en la posición tercera y cuarta,
fue una ligereza inconcebible y un frenesí, pues aunque
alguna vez, y mucho antes de tomar tal resolución, le
habló Allende de que el Marqués de Rayas y un
Fagoaga pensaban en cierto modo análogo al suyo, nunca
le manifestó carta ni constancia alguna ni el declarante
[f. 17] lo creyó por que del Marqués de Rayas
tenía el declarante datos contrarios, mediante lo que
había oído al Padre Arismendi de la orden de
San Diego acerca de su modo de pensar, y al Fagoaga no lo conoce,
y solo sabe que hay muchos de esta familia y responde.
27.
Preguntado: Que pues entró en el partido de la insurrección
sin concierto del plan alguno, cuál fue a lo menos el
que adoptó para organizarla luego que se vio al frente
de ella, y poner en orden todas las relaciones y ramos civiles,
militares, políticos y de justicia, de que se compone
todo gobierno bien ordenado. Dijo: que no adoptó plan
alguno de organización en todo ni en parte, ni se hizo
otra cosa más, que según se iba extendiendo la
insurrección dejarlos como estaban, mudando solamente
los empleados y lo que el desorden traía consigo, ni
tampoco tuvo pensado el que se adoptaría concluida que
fuese, y responde.
28.
Preguntado: Y cómo se figuraba concluiría felizmente
la insurrección, y se conciliarían los intereses
tan diferentes y encontrados de las diversas clases que componen
la masa de la población de este Reyno, y mayormente habiendo
hecho entrever a los indios, según varios papeles que
han circulado, que ellos son los únicos dueños
legítimos de él, y si pensaba fomentar o continuar
la misma insurrección hasta que una sola clase quedara
preponderante por la sofocación y aniquilamiento de las
demás; diga si cree de [f. 17v] buena fe que la insurrección
podía tener un éxito favorable al bien del reyno
en ninguna suposición. Dijo: que como entró en
la insurrección tan impremeditadamente, y después
las circunstancias en que se halló no le han dejado tiempo
de pensar en planes, ninguno ha llegado a formar para el caso
de verla concluida, y bien conoce, que formarlo y plantificarlo
ofrecería muchas y gravísimas dificultades, y
responde.
29.
Preguntado: Si es cierto que en todos los pueblos en donde
ha entrado él mismo y los demás jefes de la insurrección,
han dado particular a todos los reos que había en las
cárceles sentenciados y por sentenciar, sin excepción
de los que eran de los más atroces delitos; y si es cierto,
por qué han tenido esta conducta con unos hombres que
deben considerarse como enemigos de la sociedad, y no contentos
con esto han dado grados militares a algunos, entre los cuales
se cuenta al nombrado Agustín Marroquín, capitán,
a quien el declarante comisionó, según su declaración,
para conducir a la muerte, muchos de los asesinados en Guadalajara.
Dijo: ser cierto lo que inquiere la pregunta, y que esto se
hizo por atraer la plebe, y confiesa lo mal que se hacía
en esto, a que obligaban las circunstancias, como tiene declarado
respecto de otras [f. 18] indisculpables, y responde. En este
estado y por ser ya muy tarde el Señor Juez Comisionado
Don Ángel Abella, mandó suspender esta declaración
para continuarla el día de mañana, la cual leída
que le fue al declarante. Dijo ser la misma que lleva hecha
y su contenido la verdad so cargo del juramento que lleva prestado,
en que se afirmó y ratificó y firmó con
dicho señor comisionado y conmigo el presente escribano
de que doy fe.
Ángel
Abella. Miguel
Hidalgo.
Ante
mí
Francisco
Salcido.
En
la mañana de este día nueve, el señor juez
comisionado, continuando la declaración que quedó
pendiente, y teniendo presente al declarante bajo el juramento
que ya ha prestado lo verificó y en tal virtud.
30.
Preguntado: Qué fundamentos tuvo y han tenido los partidarios
de la insurrección para calificar al gobierno español
de tiránico y despótico, que ha tenido esclavizada
la América por trescientos años, y a los españoles
europeos de tiranos y déspotas, usureros, ambiciosos,
enemigos de la felicidad de la América, impíos,
traidores, libertinos, vilipendiadores del sacerdocio, asesinos
de la religión, del Rey y de la patria, que han calificado
a los americanos de indignos de toda distinción y honor,
que tenía vendido el Reyno a una nación extran
[f. 18v] gera, tan pronto a los franceses, tan pronto a los
ingleses: ya sospechosos de que podrían venderlo, como
también para publicar que constaba que la Nación
(hablando de la América) iba a perecer irremediablemente
y los americanos a ser viles esclavos de sus mortales enemigos
(sin expresar cuáles) perdiendo para siempre su religión:
su libertad: sus costumbres, y cuanto tiene más sagrado
y precioso, y que si no les constase, nunca hubieran desenvainado
su espada contra los europeos, según consta de la Proclama
del declarante que tiene reconocido ser suya: de las de sus
generales, y de cuantos papeles anónimos han circulado
los insurgentes por el reyno, esforzándose a inspirar
un odio encarnizado contra todos los europeos, y contra el gobierno
español. Dijo: que aunque se reconoce acreedor a la pena
que merezcan los dicterios expresados en la pregunta por haber
sido el motor de la insurrección, no se considera obligado
a justificarse de los que no ha producido él mismo, y
que en cuanto a éstos como son los que se encuentran
en la Proclama citada, y en el Despertador Americano escritos
de orden, confiesa [f. 19] haber llevado el objeto de inspirar
el odio contra el gobierno, no por que tuviese para ello un
racional fundamento, si no por que le era necesario para sostener
la empresa a que se había decidido con ligereza a la
verdad; pero no sin inclinación, nacida de persuadirse
que la independencia sería ventajosa al reyno, y corroborada
con ver éste indefenso, y expuesto a caer en poder de
una potencia extranjera, especialmente de los franceses, a causa
de una expresión que había leído en una
Gaceta de México, en que se decía, que la América
debía seguir la suerte de la España, y ésta
es toda la constancia que en su citada Proclama dice tener de
que la América iba a perecer irremediablemente, con las
demás que sigue de la pregunta, y responde.
31.
Preguntado: Diga el número y fecha de dicha Gaceta de
México, y exprese el sentido claro y terminante en que
estaba concebida la expresión que cita, pues en ninguna
parte del reyno se sabe que se halla hecho notable, hasta que
el declarante reveló este secreto en el pueblo de Dolores,
y San Miguel el Grande, y en cualquiera caso qué responsabilidad
[f. 19v] cabía a los europeos esparcidos y aislados en
diferentes puntos del reyno, por una expresión en que
no habían tenido parte, ni acaso la habrían visto,
o entendídola en otro muy diferente sentido. Dijo: que
no se acuerda del número y fecha de ella, pero que es
posterior a la entrada de los franceses en España: que
el declarante ha dado a aquella expresión, el sentido
que tiene expresado; es decir, que haciéndose dueño
Bonaparte de la España, que la América debía
también seguir la misma suerte, y no sabe qué
sentido le habrán dado otros; y que en nada considera
responsables por dicha expresión a los europeos, pues
tiene confesado fue injusto cuanto se hizo contra ellos, y
la causa de haberlo hecho, y responde.
32.
Preguntado: Quién hizo al declarante juez competente
de la defensa del reyno, y mucho menos de las ventajas de su
independencia, para arrojarse con tanta ligereza como tiene
confesado, a una empresa cuyos trámites, éxito
y consecuencias le era imposible prever, ni dominar, y que desde
luego tenía que empezar, cimentándose sobre la
injus [f. 20v] ticia de imputar al gobierno, y a los europeos
las más negras calumnias, y de causar daños incalculables,
destruyendo los resortes más vigorosos del reyno, y cometiendo
infinitos escándalos y atrocidades, constantes de su
misma declaración. Dijo: que el derecho que tiene todo
ciudadano cuando cree la patria en riesgo de perderse, y responde.
33.
Preguntado: Por qué ha creído este riesgo con
una creencia tal, cual ninguno otro la creía a la sazón,
y por qué no hizo presente al gobierno su creencia para
que pusiese los medios de evitarlo, que era lo único
a que le daba derecho su creencia fuera de que hasta ahora no
ha presentado datos suficientes para infundirle semejante creencia.
Dijo: que creyó el riesgo como tiene dicho, y que no
dio parte al gobierno por que creyó que no le haría
caso, que bien veía lo indefenso del reyno, y no lo ponía
en estado de defenderlo, y responde.
34.
Preguntado: Por qué de creencia en creencia, creyó
que el gobierno no le haría caso, pues es bien común
en los hombres, no hacer alto sobre las cosas que más
tienen a la vista, hasta que se les advierte lo conveniente
de cuyo número podía ser la que se trata, y sobre
todo, porque no dio este paso prudente que era su [f. 20v] deber
y de poco costo, así como se arrojó a la empresa
por el derecho y obligación en que está todo ciudadano
cuando ve la patria en riesgo de perderse como sienta en su
respuesta a la pregunta 33. Dijo: que no tiene más respuesta
que dar que la dada, y responde.
35.
Preguntado: Cómo funda su creencia sobre un supuesto
notoriamente falso, pues ni el reyno estaba tan indefenso como
supone, pues no le ha faltado fuerza para destruir al que declara
y a todo su partido, sin embargo de haberse hecho tan numeroso
por el cebo de la rapiña, y menos le hubiera faltado
para destruir cualquiera invasión extranjera que por
necesidad respectivamente debía ser de poca consideración,
si toda esta fuerza civilmente dividida hubiera obrado en justa
y legítima unión, ni tampoco se tenía en
olvido la mayor defensa del reyno, pues precisa y cabalmente
desde antes y en el acto de la insurrección se estaba
tratando en la capital de México de fundir, y se estaban
fundiendo cañones y fusiles, y llamados allá todos
los artífices y oficiales capaces de trabajar en dichos
ingenios y todo para dicho efecto, como el declarante debía
haberlo visto en las Gacetas de México, hasta se había
abierto una suscripción general para colectar fondos,
con este destino como era publico y notorio. [f. 21] faltar
a la suya, y en esto también reconoce su imprudencia,
pues así fue que a los primeros pasos se vio precisado
a los excesos que indica la misma pregunta y responde.
36.
Preguntado: por qué daba tanto valor a su parecer para
regular su conducta política, posponiendo los de todos
los demás, y el del mismo Gobierno, y los conocimientos
con que debía suponer el declarante que obraría
dicho Gobierno en el aumento y baja de la fuerza militar y de
las armas necesarias a la defensa del Reyno, lo cual hace manifiesto
que realmente el declarante tenía empeño decidido
en llevar adelante el sistema de la independencia y fuere como
fuere. Dijo: que ésta es una flaqueza por donde pasan
comúnmente los hombres, y ésta es en la realidad
la que le condujo al empeño de la independencia intentada
por la insurrección, y responde.
37.
Preguntado: diga para evacuar completamente la pregunta 32,
quién le hizo Juez competente de la conveniencia de la
independencia del Reyno, y lo demás que sigue hasta su
conclusión. Dijo: que él mismo se ha erigido juez
de esta conveniencia sin contrabalancear la teoría con
los obstáculos, que las pasiones y la diferencia de intereses
que siempre se encuentran en la ejecución de tales empresas
no podían [f. 21v] faltar a la suya, y en esto también
reconoce su imprudencia, pues así fue que a los primeros
pasos se vio precisado a los excesos que indica la misma pregunta
y responde.
38.
Preguntado: cómo concilia su resolución decidida
a la independencia con la ostentación que se hacía
del nombre del Señor Don Fernando 7º al mismo tiempo
que se destruía su real patrimonio y se perseguía
a un gran número de sus vasallos sin otro delito que
el de ser europeos, o era esta ostentación alguna superchería
para alucinar a la plebe y empeñarla a seguir su partido,
haciéndola criminal como instrumento de aquellos delitos.
Dijo: que el ánimo del declarante siempre fue el de poner
el reyno a disposición del Señor Don Fernando
7º, siempre que saliese de su cautiverio, y los excesos
que indica la pregunta no estaban en la intención del
declarante.
39.
Preguntado: Qué garantía podía dar el declarante
de esta restitución, cuando está visto que su
confección que ni por pocos momentos pudo dirigir su
empresa con ningún género de justicia ni equidad.
Dijo: que ninguno pero que éstas eran sus intenciones
y responde.
40.
Preguntado: Qué seguridad tenía el declarante
de que su proyectada independencia [f. 22] no acabaría
lo mismo que había empezado, esto es, por una absoluta
anarquía, o por un igual despotismo, pues ya tiene declarado
que cualquiera plan que se formase su planificación ofrecería
muchas y gravísimas dificultades. Dijo que ninguna tenía,
y que ahora ha palpado por la experiencia que seguramente hubiera
terminado en una de estas dos cosas, y por lo mismo, quisiera
que a todos los americanos se le hiciera saber esta su declaración
que es conforme en todo a lo que siente en su corazón,
y a lo mucho que desea la felicidad verdadera de sus paisanos
y responde.
41.
Preguntado: según lo que lleva declarado fue grande imprudencia
y temeridad esperar ningún bien para la felicidad del
reino de una independencia buscada por medio de la insurrección,
y lo único prudente, acertado y equitativo hubiera sido
esperarlo de las cortes generales y extraordinarias de la Monarquía
para las cuales estaban nombrados diputados de ciencia y probidad
por todas las provincias, sin otro objeto que el de ilustrar
aquel Augusto Congreso sobre los arbitrios de dar al reino
las mejoras posibles. Dijo que es muy cierto, y que solo por
una especie de sequedad pudo el declarante pensar en otro [f.
22v] modo y responde.
42.
Preguntado: Confesada y comprobada la ligereza y temeridad
del declarante en cuanto al modo y causa impulsiva que lo
empeñaron
a la insurrección, diga cómo justifica y concilia
con la doctrina del evangelio y con su estado la insurrección
misma, apellidar independencia, y romper la unidad política
de la Monarquía, alzarse contra las autoridades constituidas
que al tiempo de la insurrección gobernaban y gobiernan
pacíficamente los pueblos en donde quiera que no penetró
la fuerza colectiva y tumultuaria de los revoltosos, levantar
ejércitos: declarar guerra: solicitar alianzas extranjeras:
abrogarse al derecho de vida y muerte: atentar contra las propiedades,
dar y quitar empleos: atropellar todas las prerrogativas y regalías
de la soberanía, y sobre esto causar la ruina del comercio
minero, artes y agricultura: los escándalos de hacer
enmudecer los legítimos pastores para que no predicasen
la santa doctrina; permiten a los malos vender sus fábulas
y sofismas, distinguiéndolos por el mismo hecho: poner
la mano en los caudales de las iglesias [f. 23] y fondos piadosos:
ahuyentar a los Prelados desacreditándolos en opinión
de sus secuaces, igualmente que al Santo Tribunal de la Fe,
para que no fueren creídos, abriendo en fin por tantos
caminos la puerta a la irreligión, al estrago en las
costumbres, y a la exaltación de las pasiones. Dijo que
nada de cuanto contiene la pregunta se puede conciliar con la
doctrina del evangelio y con su estado, y que reconoce y confiesa
de buena fe, que su empresa fue tan injusta como impolítica,
y que ella ha acarreado males incalculables a la religión,
a las costumbres, y al estado en general, y muy particularmente
a esta América, tales que el gobierno más sabio
y vigilante no podrá repararlos en muchos años,
y así mismo se conoce responsable a todos estos males
como voluntarios en sí, o en la causa: todo lo cual es
muy sensible a su corazón y así desea llegue a
noticia de su ilustrísimo Prelado a quien por tantos
títulos está obligado, y de cuyas luces siente
no haberse sabido aprovechar, y muy rendidamente le pide perdón
de los sustos e incomodidades que su Señoría Ilustrísima
ha tenido que sufrir por su causa; e igualmente le pide al Santo
[f. 23v] Tribunal de la Fe, de no haberle obedecido y de las
expresiones irrespetuosas con que se ha atrevido a impugnar
su Edicto: así mismo le pide al Excelentísimo
Señor Virrey de estos reinos y demás autoridades
constituidas por su inobediencia, y a los pueblos por el mal
ejemplo que les ha dado, en cuya virtud les ruega se aparten
de los caminos de la insurrección, que no pueden llevarlos
sino a su ruina temporal y eterna, y para que este ruego llegue
a su noticia, y surta los debidos efectos suplica al señor
Comandante General en estas Provincias don Nemesio Salas se
los haga saber del modo que tenga por más conveniente
y responde.
43.
Preguntado: Diga pues y manifieste en descargo de su conciencia
y del juramento que tiene hecho, cuanto sepa y convenga saber
al gobierno para las futuras seguridades y tranquilidad de
los pueblos y que no se reitere los males pasados. Dijo:
que por ahora no se acuerda de ninguna cosa importante al
gobierno, pero promete manifestar cualquiera que se le ocurre
y responde. En este estado el Señor Juez Comisionado Don Ángel
[f. 24] Abella teniendo por bastante por ahora la declaración
que antecede, mandó cerrarla sin perjuicio de continuarla
si fuera necesario y habiéndosele leído al declarante
dijo ser la misma que lleva hecha, y su contenido la verdad
so cargo del juramento que lleva prestado, en que le afirmó
y ratificó y firmó con dicho Señor Comisionado,
y conmigo el presente escribano de que doy fe.
Ángel
Abella. Miguel
Hidalgo.
Ante
mí
Francisco
Salcido.
Chihuahua
7 de junio de 1811.
Al
licenciado don Rafael
Bracho
en asesoría.
Salcido.
Señor
Comandante General.
Puede
Vuestra Señoría pasar la declaración que
antecede al Juez Eclesiástico para que o la tenga por
bien recibida sin su asistencia, si en hacerlo así no
pulsare impedimento; o ratifique ante él en ella, el
reo, y procedan asociadas ambas jurisdicciones o haga Vuestra
Señoría lo que le parezca mejor. Chihuahua junio
8 de 1811:
Bracho.
Historia,
vol. 595.